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Declaración de “Independencia” frente al gobierno del Presidente Gustavo Petro

Comunicados CJL

Declaración de “Independencia” frente al gobierno del Presidente Gustavo Petro

  • De acuerdo con lo establecido en el artículo 6 de la Ley 1909 de 2018, “Dentro del mes siguiente al inicio del Gobierno, so pena de considerarse falta al régimen contenido en la Ley 1475de 2011 y ser sancionadas de oficio por la Autoridad Electoral, las organizaciones políticas deberán optar por: 
  1. Declararse en oposición.
  2. Declararse independiente.
  3. Declararse organización de Gobierno.

Las organizaciones políticas que inscribieron al candidato electo como Presidente de la República, gobernador o alcalde se tendrán como de Gobierno o en coalición de Gobierno. En consecuencia, mientras dure su mandato no podrán acceder a los derechos que se les reconocen a las organizaciones políticas de oposición o independientes, en la presente ley.

PARÁGRAFO. Las organizaciones políticas podrán por una sola vez y ante la Autoridad Electoral modificar su declaración política durante el periodo de Gobierno”.

 DECLARATORIA DE INDEPENDENCIA

El Partido Político Colombia Justa Libres informa a la opinión pública que mediante Resolución No. 03-06-09-2022 del 6 de septiembre de 2022, suscrita por el Presidente Nacional del Partido y Secretario General (E) ha comunicado y solicitado el registro ante el Consejo Nacional Electoral, Oficina de Inspección y Vigilancia, para su respectiva inscripción en el registro único de partidos y movimientos políticos, de la inscripción de la posición política de “Independencia” del partido ante el gobierno del Presidente Gustavo Petro, en aplicación de lo señalado en el artículo 40 de los Estatutos del Partido, numeral 6, literal c) en acatamiento y cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 6º de la Ley 1909 de 2018.

La declaratoria de “Independencia” del Partido Colombia Justa Libres le permitirá al Partido, a través de su Senadora Lorena Ríos Cuellar respaldar las iniciativas que le convengan a la nación colombiana y oponerse a aquellas que vayan en contra de los intereses nacionales, haciendo exigibles los derechos previstos en la ley 1909 de 2018.

Resolución No. 03-06-09-2022 del 6 de septiembre de 2022

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Fiona Anderwood
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